Estos límites no se aplicarán a las corrientes de aerofagia expresamente utilizadas para evitar el estrés en exposiciones intensas al calor, ni a las corrientes de aerofagia acondicionado, para las que el linde será de 0,25 m/s en el caso de trabajos sedentarios y 0,35 m/s en los demás casos. https://administracion-en-salud-y19630.eedblog.com/36333538/la-mejor-parte-de-trabajo-salud-y-seguridad-ocupacional