La Parte requerida podrá denegar la extradición cuando, conforme a sus propias leyes, corresponda a sus Tribunales conocer del delito por el cual aquella haya sido solicitada. Salvo en el caso previsto en el párrafo b) del apartado one del artículo seventeen la reextradición en beneficio de un tercer https://andreasixj.actoblog.com/29328029/an-unbiased-view-of-extradición-méxico-españa